Servicios Segunda Oportunitat

  • Cancelación total de las deudas
  • Suspensión de embargos a la nómina
  • Paralización de llamadas telefónicas
  • Cancelación de datos a Asnef

Proceso

Te explicamos el proceso que seguiremos:

1. Fase Extrajudicial:

Llegaremos a un acuerdo con los acreedores que sea sostenible por el deudor a través del Acuerdo Extrajudicial de Pagos.

Se trata de una mediación extrajudicial, pilotada por un Mediador Concursal, que se inicia a través de un notario (particulares y unidades familiares) o Registro Mercantil o Cámara de Comercio (particulares empresarios o autónomos).

Durante este proceso de negociación, los acreedores no podrán iniciar o continuar procedimientos de ejecución judicial y el deudor podrá pedir la cancelación de los embargos que pesen sobre los bienes necesarios para su subsistencia. Durante esta fase tampoco se generarán más intereses de la deuda.

2. Fase Judicial:

La iniciaremos cuando no haya acuerdo a la fase extrajudicial y se tenga que interponer al Juzgado competente, la demanda de Concurso Consecutivo. La persona designada anteriormente como Mediador Concursal, pasa a denominarse Administrador Concursal y su principal actividad será liquidar (vender) los activos que tenga el deudor (si tiene) para obtener unos ingresos y poder pagar a los acreedores.

Este procedimiento judicial, si se dan las condiciones establecidas por la ley, será el que provocará que se cancelen las deudas.

Dentro de esta misma fase se tendrá que tramitar la solicitud de concesión del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), que es la cancelación de las deudas.

Las deudas que no se hayan podido pagar con la liquidación de los bienes del deudor, serán exonerados por el juez y el deudor quedará libre de todas sus deudas.